lunes, 24 de febrero de 2014

PRÁCTICA 2

“Marco teórico”

Items y factores sobre los que investigar.

-Introducción (Dani).

- Tipos de contratos (temporalidad, flexibilidad, horario, condiciones de trabajo). (Claudia)
describir y comparar las tendencias contractuales de esas empresas, costumbres, tendencias, si son contratos que protegen al trabajador y LOS DESPIDOS y convenios colectivos que existan

-Evolución de los puestos (a lo largo de la historia de esas empresas). (Eva) describir los inicios y como han influido las REFORMAS LABORALES 2010 2012 en los contratos de trabajo y las condiciones de trabajo

-Organigramas y distinciones de puestos más frecuentes. (Alma) Buscar los organigramas de la empresa (NO ADJUNTARLOS pero si describirlos, pon uno si quieres como ejemplo) si son piramidales y describir las diferencias entre los puestos (competencias, mando, responsabilidades)

-Procesos de selección de personal (perfil de los trabajadores, programas de inserción) (Sarah) la metodologia de cada empresa en el selección de personal, hablar del perfil que interesan y que suelen contratar, y nombrar si tienen programas sociales (discapacitados, puestos reservados a colectivos mas sensibles etc)

-Sistema de retribución y motivaciones para los empleados  (pluses, incentivos…) (Maria) el sistema de retribucion de estas empresas, los salarios, los pluses e incentivos, las vacaciones, si se han incrementado o reducido a lo largo de su historia laboral

-Comparación con el mercado de la hostelería (diferencias entre esas cadenas y otros comercios). (Dani)

jueves, 13 de febrero de 2014

Pràctica 01 - L’encàrrec i els factors implicats. Les primeres fonts.








1. FILOSOFÍA Y VALORES DE NUESTRA EMPRESA, CONSULTORÍA CORTÉS.


La filosofía que define a la Consultoría Cortés es ofrecer a nuestros clientes servicios de consultoría y capacitación de gran calidad mediante procesos de investigación de mercado para concretar y estar al tanto de la situación laboral en el momento que nuestro cliente desea conocer una situación concreta.
 
Nuestro principal objetivo es lograr la satisfacción de nuestros clientes facilitándoles los mecanismos para alcanzar sus metas y obtener mejores resultados y rendimientos.
 
Esta filosofía va unida a unos valores, que son:

· Compromiso: en cada proyecto que realizamos, destacamos la importancia de respetar la confianza que nuestros clientes depositan en nosotros. Al mismo tiempo que respetamos su confidencialidad como empresarios.

· Responsabilidad: nosotros, como profesionales que somos, consideramos que la responsabilidad es un valor indispensable a la hora de realizar cualquier proyecto. Y ésta se convierte en una ventaja competitiva ya que nos distingue de otras empresas por la calidad del trabajo realizado y por tener en cuenta los impactos que ocasionan nuestros actos en la sociedad.

· Respeto: en este ámbito nos referimos a respetar y a ejercer nuestro trabajo con el mayor esfuerzo hacia nuestros clientes independientemente de que compartamos sus ideales.

· Trabajo en equipo: es relevante el buen funcionamiento dentro de la empresa. Por ello otorgamos gran importancia a la comunicación entre los distintos componentes de la empresa; lo que nos hace un equipo sólido y unido que busca el bienestar por medio de acciones efectivas.

· Innovación: este valor es el que nos permite avanzar como empresa, para introducir nuevas oportunidades en el negocio y extender nuestros conocimientos en un ámbito laboral más amplio.
La realidad social es que el empleo está en una evolución constante que tiende a la precarización, por ello, nuestra tarea será la de determinar la incidencia en los contratos de trabajo de las grandes cadenas hosteleras en el sector alimenticio.

2. DESCRIBIR NUESTRO CLIENTE Y SUS INTERESES.

NUESTRO CLIENTE E INTERESES.

El sindicato nacional de hostelería y turismo es una asociación estable y permanente de trabajadores para la representación, defensa y promoción de los intereses económicos y sociales de éstos, que cuenta conpersonalidad jurídica y capacidad de obrar. Cuatro son sus notas características:

1.ª) Asociación con vocación de permanencia y organización formal, estable e independiente.

2.ª) Creado e integrado exclusiva y excluyentemente por trabajadores por cuenta ajena -incluidos los funcionarios públicos-. Si bien, según la legislación, los trabajadores autónomos no empleadores, parados, pensionistas y jubilados, pueden afiliarse a las organizaciones sindicales (art. 3.1 L.O.L.S.).

3.ª) Tiene como finalidad la autotutela colectiva de los intereses generales del trabajo asalariado-condiciones de vida y de trabajo- frente a los empresarios, sus organizaciones y poderes públicos. Estos intereses son profesionales, sociales, económicos e, incluso, políticos.

4.ª) Para desarrollar su actividad el sindicato cuenta con diversos medios, como la negociación colectiva, la huelga, la representación en la empresa y la participación institucional ante organismos públicos. Así mismo, realiza labores de asesoramiento a sus afiliados, creación deentidades de previsión social, organización de cursos de formación, etc.







3. DEFINIR LOS FACTORES, PROCESOS SOCIALES, LEGALES, LABORALES, ECONÓMICOS IMPLICADOS EN LA TAREA QUE NOS HA PEDIDO NUESTRO CLIENTE.
FACTORES Y PROCESOS SOCIALES DEL ENCARGO DE NUESTRO CLIENTE.

A partir del 1 de enero de 2014 los más de cuarenta tipos de formularios diferentes de contratos de trabajo existentes en España han quedado reducidos a cuatro (indefinidos, temporales, en prácticas y de formación). A partir de esa fecha el empresario que contrata a un trabajador tendrá a su disposición cuatro modelos de contrato para presentarlos a la Administración, cada uno de los cuales dispondrá de diferentes variedades, especialmente los indefinidos y los temporales (de estos últimos se mantienen los 26 tipos existentes).


Indefinidos; En un contrato indefinido no está previsto el momento de la extinción del mismo. La legislación actual favorece la contratación indefinida frente a la temporal, esta medida está destinada a reducir el desempleo.


Temporales; Son contratos que hacen flexibles y adecuan las relaciones laborales entre la empresa y el trabajador, adecuándolas en la distribución del tiempo de acuerdo con sus necesidades, siempre en función de una causa o un suposito prefijados. Su duración está establecida en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores y actualmente estos contratos son los siguientes: contrato de obra o servicio determinado, contrato eventual por necesidades de producción y contrato de interinidad.


Los convenios colectivos pueden fijar los trabajos o las tareas que se pueden cubrir con contratos de este tipo. Aspectos comunes en los contratos de duración determinada


• Se permite a la negociación colectiva establecer requisitos adicionales dirigidos a prevenir los abusos en la utilización sucesiva de la contratación temporal.


• Los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades específicas de cada una de las modalidades contractuales.


• Cuando se atribuya a los trabajadores un derecho en función de una previa antigüedad del trabajador, ésta deberá computarse según los mismos criterios para todos los trabajadores, cualquiera que sea su modalidad de contratación.


• El empresario deberá informar a los trabajadores de la empresa con contratos de duración determinada o temporales, incluidos los contratos formativos, sobre la existencia de puestos de trabajo vacantes, a fin de garantizarles las mismas oportunidades de acceder a puestos permanentes que los demás trabajadores. Esta información podrá facilitarse mediante un anuncio público en un lugar adecuado de la empresa o centro de trabajo o mediante otros medios previstos en la negociación colectiva, que aseguren la transmisión de la información.


• Los convenios colectivos deberán establecer medidas para facilitar el acceso efectivo de estos trabajadores a la formación profesional continua, a fin de mejorar su cualificación y favorecer su progresión y movilidad profesionales. También podrán establecer criterios objetivos y compromisos de conversión de los contratos de duración determinada o temporales en indefinidos.


• Además se establece que se presumirán por tiempo indefinido los contratos temporales celebrados en fraude de ley, como puede suceder en el caso de que se contrate sucesivamente a un mismo trabajador mediante contratos temporales por obra o de servicio determinado cuando, en realidad, se pretende mediante sus servicios atender a necesidades permanentes de la empresa.


La realidad social es que el empleo está en una evolución constante que tiende a la precarización, por ello, nuestra tarea será la de determinar la incidencia en los contratos de trabajo de las grandes cadenas hosteleras en el sector alimenticio.


ÁMBITO ECONÓMICO.


Los sindicatos, al igual que los partidos políticos, son entidades privadas cuya financiación combina una fórmula mixta de recursos privados y públicos. La captación de recursos.


Principales fuentes de financiación:


Cuotas de afiliados.


Subvención por delegados. De origen público, partida prevista en los Presupuestos Generales del Estado y en los Presupuestos de las Comunidades Autónomas que se reparte en función de la representación que los sindicatos obtienen en las elecciones sindicales.


Fuentes de financiaciones secundarias y fuentes indirectas:


Donaciones (o cesiones) al sindicato de sus miembros que ocupan cargos de representación. Por ejemplo aquellos que forman parte del consejo de una caja de ahorro y entregan parte de su sueldo.


Asesoría jurídica. Los sindicatos facturan por los servicios jurídicos prestados a los trabajadores. En función de diversos criterios. No todos los sindicatos gestionan su asesoría de igual modo.


Rendimientos de capital. Aquellos que puedan derivarse de sus activos.


Reposición de bienes inmuebles. Devolución paulatina de propiedades que fueron expropiadas durante la dictadura franquista.


Cesión de espacios dentro de las empresas o instituciones donde realizan su actividad.


Coste de los liberados. Categoría que se presta a la interpretación. Los empresarios afirman que tienen que compensar las horas que “liberan” a los representantes y que, por tanto, tiene un coste. Los sindicatos, por su parte, sostienen lo contrario.


Ingresos:


Subvenciones finalistas. El gran objeto de la polémica.


Las subvenciones finalistas no pueden considerarse como una vía de financiación de los sindicatos. Forman parte de los ingresos, pero no como una fuente de financiación de la estructura de la organización sino como una cantidad que la Administración otorga para la prestación de un servicio concreto. El sindicato es solo un intermediario que 'presta un servicio'. Estas subvenciones se dirigen principalmente a (cursos de) formación, aunque también pueden destinarse a programas de integración laboral de determinados colectivos, mejora en la paridad…


ÁMBITO LABORAL.


1. Las personas que integran el sindicato deben de pensar en la denominación social.

2. Deben redactar los estatutos del sindicato en la asamblea constitutiva en donde se mencione siguiente:

3. Denominación que le distinga de los demás.

4. Duración. Faltando esta disposición se entenderá constituido el sindicato por tiempo indeterminado.

5. Condiciones de admisión de miembros.

6. Obligaciones y derechos de los asociados.

7. Motivos y procedimientos de expulsión y correcciones disciplinarias.


La autoridad laboral competente da el visto bueno de los estatutos, registra en el Libro de Gobierno respectivo, concede el registro del Sindicato y otorga credencial oficial al Secretario General del Sindicato. Finalmente publica el registro en la lista de acuerdo y le entrega copia al solicitante.


ÁMBITO LEGAL.


Los sindicatos son entes con relevancia constitucional, como lo demuestra el hecho de que, por una parte, el art. 7 de la C.E. reconozca que su creación es libre siempre dentro del respeto a la Constitución y a la ley y que, por otra parte, el art. 28.1 de la C.E. declare comprendido dentro del derecho de libertad sindical el derecho a fundar sindicatos. En este sentido, los sindicatosdesempeñan una función genérica de representación y defensa de los intereses de los trabajadores como grupo, sin que sea necesario el acto de afiliación (SS.T.C. 70/1982, de 29 de noviembre, 37/1983, de 11 de mayo, 18/1984 de 7 de febrero, y 197/1990 29 noviembre).


Los criterios utilizados para crear los sindicato son variados, destacando el criterio funcional, que se refiere al tipo de actividad o profesión de los trabajadores -profesión, sector, etc.-, y el geográfico, que considera el lugar en el que los trabajadores prestan sus servicios -estatal, autonómico, provincial y local-.


BIBLIOGRAFÍA:

http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/sindicato/sindicato.htm


http://www.tuempresa.gob.mx/-/sindicatos-afiliacion-y-contratacion#L6105



http://www.lossintomasdelsindrome.com/2013/02/como-se-financian-los-sindicatos.html


http://www.catconsultores.com/index.php?option=com_content&view=article&id=49&Itemid=64


http://consultoriaintegral.espacioblog.com/categoria/filosofia-consultoria-integral


http://www.navarroconsultores.es/quienes-somos/


http:///www.gestiopolis.com/recursos/documentos/fulldocs/ger/mcdonaldsjuan2.htm


http://www.mcdonalds.com/content/dam/AboutMcDonalds/Investors/9497_SBC_International_SP%20v2%20final%20061311.pdf


http://www.mcdonalds.es/empleo/nuestra-politica-rrhh


http://www.slideshare.net/jofre.ic/estrategia-mc-donalds-presentation


http://www.vet.unicen.edu.ar/html/Areas/PLANEAMIENTO%20ESTRATEGICO%20DE%20LA%20EMPRESA/Documentos/Estrategias%20empleadas%20por%20MC%20Donalds.pdf


http://www.mcdonalds.es/


www.wikipedia.com